Medida SPE-O2-7

Espacio multiconfesional de oración y reflexión

Espacio compartido y neutral para oración, recogimiento o reflexión durante los descansos.

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SPE · Servicios a las Personas O2 · Servicios para el descanso y la cultura Operativa

Descripción de la medida

  • Espacio tranquilo, accesible y de uso compartido para oración, recogimiento o reflexión personal, abierto también a quienes no profesan una religión. Se organiza con neutralidad, respeto y reglas de convivencia, sin asignarlo de forma permanente a una confesión.

Objetivo

Facilitar un uso respetuoso del tiempo de descanso por personas con distintas convicciones. Prevenir conflictos de acceso y ocupación de lugares inadecuados. Expresar inclusión mediante un servicio plural, discreto y no segregador.

Líneas de actuación

  • Adecuación física y accesibilidad.
  • Uso plural, neutralidad y convivencia.
  • Gestión del espacio y evaluación participativa.

Funcionamiento e implantación

  1. Consultar la necesidad del espacio de forma voluntaria y revisar alternativas existentes. Elegir una ubicación accesible, ventilada y compatible con seguridad, evacuación y privacidad.
  2. Preparar mobiliario sencillo y un entorno neutro. Permitir, si es viable, elementos personales portátiles que se retiren después del uso; no imponer símbolos ni prácticas a otras personas.
  3. Definir aforo, horarios, limpieza, duración orientativa de uso y reglas de silencio. Resolver concurrencias mediante reserva o turnos equitativos, sin registrar la religión.
  4. Permitir el acceso a personas de cualquier religión o convicción y a quienes buscan reflexión no religiosa. Prohibir proselitismo, presión, reuniones no autorizadas y apropiación exclusiva.
  5. Aclarar que el uso se realiza dentro de los descansos o adaptaciones acordados. La sala no genera por sí sola nuevos permisos retribuidos ni disponibilidad ilimitada fuera de las reglas de jornada.
  6. Designar una persona responsable y un canal de incidencias. Revisar uso, accesibilidad y convivencia; ajustar las normas con participación de las personas usuarias.

Requisitos para acogerse

  • Espacio seguro y compatible con la actividad. No sustituir locales obligatorios ni desplazar usos que precisen intimidad o exclusividad, como lactancia o atención sanitaria. Revisar previamente cualquier uso compartido y ofrecer alternativas cuando exista incompatibilidad.

Formalización y comunicación

Normas breves visibles, responsable, sistema de acceso y plan de limpieza y mantenimiento. Comunicar finalidad plural y horarios. Si hay reservas, recoger los mínimos datos y conservarlos solo el tiempo necesario. Responsable y despliegue: Servicios Generales y Recursos Humanos, con Prevención y representación de la plantilla. Adecuación orientativa: 1-3 meses; revisión trimestral de uso e incidencias. Medidas relacionadas: SPE-O2-1 · Espacio para descanso. SFL-A1-16 · Adaptación de horarios y calendario por diversidad religiosa. CPH-IG-3 · Políticas de diversidad. Referencias normativas y técnicas: 1. Fundación Pluralismo y Convivencia: guía técnica de espacios multiconfesionales. 2. Generalitat de Catalunya: gestión de la diversidad religiosa en las relaciones laborales. 3. Ley 15/2022: igualdad de trato y no discriminación, arts. 2 y 9. *Coste y plazo orientativos; no aplazan obligaciones legales. Ejemplo no atribuido a una empresa real.

Indicadores recomendados

  • Disponibilidad efectiva / horario previsto de apertura × 100.
  • Solicitudes atendidas y conflictos de reserva, sin clasificación por religión.
  • Satisfacción voluntaria con accesibilidad, neutralidad y tranquilidad.
  • Incidencias resueltas en plazo / incidencias con vencimiento × 100.

Ejemplo práctico

Un centro habilita una sala neutra que puede utilizarse para reflexión o práctica religiosa individual durante los descansos. Los objetos personales se retiran al terminar y las reservas no indican creencias. Una revisión trimestral permite ajustar aforo y horarios sin favorecer a una confesión.

Antes de aplicarla

Adapta los criterios, el proceso y los recursos al diagnóstico de la organización, la normativa vigente, el convenio aplicable y la representación legal de las personas trabajadoras cuando corresponda.

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