Descripción de la medida
- Mejora de la excedencia legal por cuidado que amplía su duración o sus garantías más allá del mínimo normativo.
- Puede permitir mantener la excedencia hasta una edad superior del hijo o hija y reforzar la reserva, formación, información y retorno profesional.
Objetivo
Prolongar las posibilidades de cuidado preservando el vínculo laboral y reduciendo el impacto sobre la carrera y la reincorporación.
Funcionamiento e implantación
- La política distingue con claridad el período legal y la ampliación voluntaria o convencional, asi como sus efectos sobre reserva, antigüedad y cotización.
- La persona solicita inicio, duración y posibles prórrogas dentro de los límites establecidos.
- Durante la excedencia recibe información esencial, acceso voluntario a formación y apoyo para preparar la reincorporación.
- En el referente analizado la excedencia por cuidado puede mantenerse hasta que el hijo o hija cumpla doce años, con condiciones de reserva diferenciadas.
Requisitos para acogerse
- Toda la plantilla que cumpla los requisitos de cuidado y edad definidos por la medida.
Formalización y comunicación
Política de excedencias ampliadas. · Solicitud y resolución. · Reglas de reserva, antigüedad y retorno. · Plan de contacto y reincorporación.
Fecha de entrada en vigor
A determinar por la organización. La excedencia legal se regula en el artículo 46.3 del Estatuto de los Trabajadores; la ampliación requiere convenio o acuerdo.
Indicadores recomendados
- Excedencias y prórrogas.
- Duración media.
- Reincorporaciones y puesto de retorno.
- Promoción y permanencia tras la vuelta.
Ejemplo práctico
Una gran empresa de distribución amplía la excedencia por cuidado hasta los doce años y prepara la reincorporación mediante contacto, formación y retorno planificado. Esta gran empresa de distribución ha incluido esta medida en su convenio colectivo para reforzar su compromiso.
Antes de aplicarla
Adapta los criterios, el proceso y los recursos al diagnóstico de la organización, la normativa vigente, el convenio aplicable y la representación legal de las personas trabajadoras cuando corresponda.