Descripción de la medida
- Permiso retribuido por el tiempo indispensable para acudir a consultas, pruebas o tratamientos médicos propios que no puedan realizarse fuera de la jornada.
- Puede incorporar ajustes específicos para el trabajo nocturno cuando la cita se produce poco después de finalizar el turno.
Objetivo
Facilitar la atención sanitaria propia sin pérdida económica y reducir los riesgos de fatiga en turnos nocturnos.
Funcionamiento e implantación
- La persona avisa con la antelación posible y aporta justificante de asistencia, sin necesidad de revelar diagnósticos.
- El permiso cubre el tiempo indispensable de desplazamiento y atención conforme a la política o al convenio.
- Cuando una cita de especialista, examen o deber público comienza dentro de las cuatro horas siguientes al turno nocturno, puede anticiparse la salida hasta dos horas.
- La empresa coordina la cobertura respetando la confidencialidad y evitando exigir que se recuperen horas declaradas retribuidas.
Requisitos para acogerse
- Toda la plantilla cuando la asistencia no pueda realizarse razonablemente fuera de la jornada.
Formalización y comunicación
Procedimiento de aviso. · Justificante de asistencia limitado. · Regla sobre tiempo indispensable y turno nocturno. · Registro confidencial.
Fecha de entrada en vigor
1 de enero de 2024. Medida recogida como mejora en un convenio colectivo de empresa publicado por Resolución de 16 de febrero de 2024, sin perjuicio de la fecha que determine cada organización.
Indicadores recomendados
- Permisos solicitados y disfrutados.
- Horas retribuidas utilizadas.
- Salidas anticipadas desde turno nocturno.
- Incidencias de cobertura o privacidad.
Ejemplo práctico
Una gran empresa de distribución reconoce el tiempo indispensable para consultas propias y permite terminar dos horas antes el turno nocturno cuando la cita de especialista es inmediata. Esta gran empresa de distribución ha incluido esta medida en su convenio colectivo para reforzar su compromiso.
Antes de aplicarla
Adapta los criterios, el proceso y los recursos al diagnóstico de la organización, la normativa vigente, el convenio aplicable y la representación legal de las personas trabajadoras cuando corresponda.