Descripción de la medida
- Derecho a cinco días de permiso retribuido por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario de las personas vinculadas a la persona trabajadora en los términos legales.
- El convenio colectivo o una política interna pueden ampliar su duración o mejorar sus condiciones de disfrute.
Objetivo
Permitir la atención y el acompañamiento ante necesidades de cuidado relevantes, protegiendo el empleo y la remuneración durante la ausencia.
Funcionamiento e implantación
- La persona trabajadora avisa a la empresa tan pronto como sea posible e identifica el hecho causante y la duración prevista.
- El permiso se reconoce cuando la situación afecta al cónyuge, pareja de hecho, familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, o a otra persona conviviente que requiera cuidado efectivo.
- La empresa puede solicitar justificación suficiente y proporcionada, respetando la intimidad y evitando recopilar datos clínicos innecesarios.
- Referencia legal: cuando concurra el supuesto del artículo 37.3.b) del Estatuto de los Trabajadores, la gestión de la medida respetará los cinco días retribuidos, el ámbito personal y las condiciones previstas en la normativa, sin perjuicio de mejoras convencionales o internas.
Requisitos para acogerse
- Toda la plantilla
Formalización y comunicación
Procedimiento de aviso, solicitud y justificación del permiso. · Criterios de cómputo y coordinación con el convenio colectivo aplicable. · Información accesible a toda la plantilla y formación a responsables. · Registro diferenciado, confidencial y limitado a los datos necesarios.
Fecha de entrada en vigor
30 de junio de 2023. Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, artículo 127.3, que modifica el artículo 37.3.b) del Estatuto de los Trabajadores.
Indicadores recomendados
- Número de permisos solicitados y disfrutados por tipo de hecho causante.
- Duración media de los permisos y días retribuidos utilizados.
- Tiempo medio de respuesta desde la comunicación.
- Número de incidencias, reclamaciones o denegaciones motivadas.
Antes de aplicarla
Adapta los criterios, el proceso y los recursos al diagnóstico de la organización, la normativa vigente, el convenio aplicable y la representación legal de las personas trabajadoras cuando corresponda.