Descripción de la medida
- Permiso para asistir a consultas, pruebas e intervenciones necesarias dentro de un tratamiento de reproducción asistida.
- La política puede combinar días retribuidos iniciales con tiempo no retribuido o flexible para el resto del proceso.
Objetivo
Acompañar un proceso sanitario sensible, proteger la intimidad y evitar que su duración produzca una desventaja laboral.
Funcionamiento e implantación
- La persona comunica la necesidad por un canal confidencial y aporta solo la acreditación de asistencia imprescindible.
- La empresa concede el tiempo indispensable y aplica el número de días retribuidos previsto; en el referente analizado, los dos primeros días son retribuidos.
- El resto puede gestionarse como permiso no retribuido, flexibilidad o recuperación, según la política acordada.
- No se solicita información sobre diagnósticos, técnicas empleadas ni decisiones reproductivas.
Requisitos para acogerse
- Toda la plantilla que acredite la necesidad de asistencia vinculada a un tratamiento de reproducción asistida.
Formalización y comunicación
Procedimiento confidencial. · Regla de días retribuidos y no retribuidos. · Justificación limitada. · Información a responsables sin datos clínicos.
Fecha de entrada en vigor
1 de enero de 2024. Medida recogida como mejora en un convenio colectivo de empresa publicado por Resolución de 16 de febrero de 2024, sin perjuicio de la fecha que determine cada organización.
Indicadores recomendados
- Solicitudes y tiempo utilizado.
- Porcentaje de tiempo retribuido.
- Tiempo medio de respuesta.
- Incidencias de confidencialidad o trato.
Ejemplo práctico
Una gran empresa de distribución concede el tiempo indispensable para los tratamientos de reproducción asistida y retribuye los dos primeros días de ausencia. Esta gran empresa de distribución ha incluido esta medida en su convenio colectivo para reforzar su compromiso.
Antes de aplicarla
Adapta los criterios, el proceso y los recursos al diagnóstico de la organización, la normativa vigente, el convenio aplicable y la representación legal de las personas trabajadoras cuando corresponda.