Descripción de la medida
- Derecho de la persona contratada a tiempo parcial a renunciar al pacto de horas complementarias una vez transcurrido un año desde su celebración cuando concurra una necesidad de conciliación legalmente prevista.
- La renuncia también puede fundamentarse en incompatibilidad con necesidades formativas o con otro contrato a tiempo parcial, y no supone la extinción del contrato principal.
Objetivo
Evitar que un compromiso adicional de disponibilidad impida atender responsabilidades familiares, formación u otra relación laboral a tiempo parcial.
Funcionamiento e implantación
- La persona comprueba que ha transcurrido al menos un año desde la firma del pacto y comunica por escrito la renuncia con un preaviso mínimo de quince días, indicando la causa aplicable.
- En materia de conciliación, la causa se vincula a las responsabilidades familiares del artículo 37.6 del Estatuto de los Trabajadores. La acreditación debe ser suficiente y proporcionada.
- La empresa deja de exigir las horas complementarias una vez cumplidos los requisitos, actualiza la planificación y conserva intacto el contrato a tiempo parcial y sus horas ordinarias.
- Referencia legal: la renuncia se gestionará conforme al artículo 12.5.e) del Estatuto de los Trabajadores y no podrá originar represalias ni trato desfavorable.
Requisitos para acogerse
- Toda la plantilla
Formalización y comunicación
Comunicación escrita con fecha efectiva y causa invocada. · Acreditación mínima y confidencial cuando resulte necesaria. · Actualización del pacto, calendario y sistema de registro horario. · Confirmación escrita de recepción y aplicación de la renuncia.
Fecha de entrada en vigor
13 de noviembre de 2015. Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, artículo 12.5.e) del Estatuto de los Trabajadores.
Indicadores recomendados
- Número de renuncias comunicadas por causa.
- Tiempo medio de aplicación efectiva desde la comunicación.
- Porcentaje de personas con pacto que ejercen la renuncia.
- Incidencias en planificación, registro horario o nómina.
Antes de aplicarla
Adapta los criterios, el proceso y los recursos al diagnóstico de la organización, la normativa vigente, el convenio aplicable y la representación legal de las personas trabajadoras cuando corresponda.