Medida SFL-A3-2

Reducción de jornada por guarda legal y cuidado directo

Derecho a reducir la jornada diaria, con disminución proporcional del salario, entre un octavo y la mitad de su duración para el cuidado directo de una persona menor de doce años o de una persona con…

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SFL · Soluciones de Flexibilidad Laboral A3 · Reducción de jornada Operativa

Descripción de la medida

  • Derecho a reducir la jornada diaria, con disminución proporcional del salario, entre un octavo y la mitad de su duración para el cuidado directo de una persona menor de doce años o de una persona con discapacidad que no desempeñe una actividad retribuida.
  • También puede solicitarse para el cuidado directo del cónyuge, pareja de hecho o familiar hasta el segundo grado —incluido el familiar consanguíneo de la pareja— que no pueda valerse por sí mismo por edad, accidente o enfermedad y no desempeñe actividad retribuida.

Objetivo

Permitir que las responsabilidades de cuidado puedan atenderse reduciendo temporalmente el tiempo de trabajo y manteniendo la relación laboral.

Funcionamiento e implantación

  1. La persona solicita por escrito el porcentaje, la concreción horaria y las fechas de inicio y finalización previstas, con el preaviso fijado por el convenio o, en su defecto, de quince días salvo fuerza mayor.
  2. La concreción corresponde a la persona dentro de su jornada ordinaria. Las discrepancias se resuelven por el procedimiento urgente del artículo 139 de la Ley reguladora de la jurisdicción social.
  3. Si dos o más personas de la misma empresa ejercen el derecho por el mismo causante, cualquier limitación simultánea exige razones objetivas escritas y una alternativa que permita el disfrute.
  4. Referencia legal: la empresa aplicará los límites, sujetos causantes, protección y reglas de concreción de los artículos 37.6 y 37.7 del Estatuto de los Trabajadores.

Requisitos para acogerse

  • Toda la plantilla

Formalización y comunicación

Solicitud escrita con porcentaje, horario, duración y fecha de inicio. · Resolución y acuerdo de concreción horaria. · Coordinación con nómina, cotización y planificación del equipo. · Registro confidencial y revisión cuando cambien las circunstancias.

Fecha de entrada en vigor

30 de junio de 2023. Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, que actualiza el artículo 37.6 del Estatuto de los Trabajadores.

Indicadores recomendados

  • Número de reducciones solicitadas, aprobadas y activas.
  • Porcentaje medio de reducción y duración de los periodos.
  • Tiempo medio de respuesta y formalización.
  • Incidencias de concreción horaria, nómina o cobertura del puesto.

Antes de aplicarla

Adapta los criterios, el proceso y los recursos al diagnóstico de la organización, la normativa vigente, el convenio aplicable y la representación legal de las personas trabajadoras cuando corresponda.

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