Medida SEN-CP-6

Formalización de funciones del Comité de Conciliación

Formalización del órgano que impulsa, coordina y evalúa la política y las medidas de conciliación de la organización. El mandato convierte el comité en un espacio operativo con responsabilidades, recursos, participación…

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SEN · Sensibilización CP · Compromiso Estratégica

Descripción detallada

Formalización del órgano que impulsa, coordina y evalúa la política y las medidas de conciliación de la organización. El mandato convierte el comité en un espacio operativo con responsabilidades, recursos, participación y capacidad para elevar propuestas a Dirección.

Objetivos estratégicos

Asegurar continuidad y responsabilidad en la gestión de la conciliación. Coordinar necesidades, medidas, comunicación e indicadores. Crear un canal de propuesta y seguimiento conectado con Dirección.

Alcance organizativo

Miembros del Comité de Conciliación y áreas que diseñan, autorizan, comunican o aplican las medidas. Debe representar adecuadamente centros, turnos, puestos y realidades personales sin sustituir a la representación legal.

Funcionamiento y despliegue

  1. Definir finalidad, funciones, composición, duración, sustituciones y criterios de representación y diversidad.
  2. Aprobar normas de convocatoria, decisiones, actas, confidencialidad, conflictos de interés y tratamiento de casos individuales.
  3. Asignar tiempo, formación, información, presupuesto y apoyo administrativo.
  4. Elaborar un calendario para revisar el Manual de Conciliación, las necesidades y los indicadores de conocimiento, uso y satisfacción.
  5. Regular la recepción de propuestas, su análisis, derivación, respuesta y seguimiento.
  6. Coordinarse con Recursos Humanos, responsables, Igualdad, Prevención y representación de la plantilla.
  7. Publicar información agregada sobre actividad, propuestas y mejoras sin revelar datos personales.
  8. Relación normativa: el Comité de Conciliación es voluntario y no sustituye a la representación legal, la negociación colectiva, los procedimientos laborales ni los órganos exigidos por el plan de igualdad o la prevención de riesgos.

Resultados esperados

  • Política de conciliación coordinada y sometida a seguimiento.
  • Propuestas respondidas y medidas mejor adaptadas a las necesidades.
  • Mayor coherencia entre centros, áreas y responsables.
  • Compromiso visible mediante decisiones y resultados documentados.

Condiciones para la implantación

  • Mandato aprobado por Dirección y límites claramente definidos.
  • Composición diversa y disponibilidad real para participar.
  • Acceso a información agregada y apoyo técnico.
  • Coordinación con órganos legales y áreas de decisión.

Formalización y evidencias

Acuerdo de constitución y mandato del comité. Reglamento, composición, funciones y calendario. Convocatorias, actas, propuestas y registro de acuerdos. Evidencias de dedicación, formación y recursos. Informe anual de actividad, medidas y resultados.

Medidas operativas relacionadas

Comité de Conciliación, Manual de Conciliación, buzón de sugerencias, identificación de necesidades, indicadores, comunicación y formación de mandos.

Indicadores de seguimiento

  • Porcentaje de reuniones y acciones realizadas según calendario.
  • Número de propuestas recibidas, respondidas e implantadas.
  • Porcentaje de acuerdos ejecutados dentro de plazo.
  • Cobertura de centros, turnos y colectivos en la composición.
  • Valoración de la utilidad, recursos y capacidad de influencia del comité.

Ejemplo

La Dirección aprueba un mandato que atribuye al Comité de Conciliación la revisión del manual, el análisis de datos agregados y la propuesta de mejoras. El comité se reúne trimestralmente, documenta acuerdos y deriva a la representación legal cualquier materia sujeta a negociación.

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