Descripción de la medida
- Conjunto de derechos destinados a compatibilizar el trabajo con estudios regulares, cursos de formación profesional y procesos de perfeccionamiento vinculados al puesto.
- Incluye permisos para exámenes, preferencia para elegir turno y acceder al trabajo a distancia cuando el sistema esté implantado y sea compatible, adaptación de la jornada para asistir a cursos y permisos de formación o perfeccionamiento con reserva del puesto.
Objetivo
Evitar que la organización del trabajo impida la formación y favorecer la actualización y el desarrollo profesional de toda la plantilla.
Funcionamiento e implantación
- La persona presenta la matrícula, convocatoria, calendario o programa formativo y concreta el derecho solicitado y su duración.
- La empresa valora la compatibilidad objetiva con el puesto y organiza el permiso, turno, adaptación o modalidad de trabajo conforme al convenio y a las necesidades acreditadas.
- La formación necesaria para adaptar a la persona a cambios del puesto corre a cargo de la empresa, se realiza preferentemente dentro de la jornada y el tiempo destinado se considera tiempo de trabajo efectivo.
- Referencia legal: la gestión respetará los derechos del artículo 23.1 y la formación de adaptación del artículo 23.1.d) del Estatuto de los Trabajadores, sin perjuicio de las mejoras del convenio colectivo.
Requisitos para acogerse
- Toda la plantilla
Formalización y comunicación
Procedimiento de solicitud y acreditación de estudios o cursos. · Criterios para permisos, turnos, adaptación y trabajo a distancia. · Acuerdo escrito sobre duración y reserva del puesto. · Registro de acceso desagregado para prevenir desigualdades.
Fecha de entrada en vigor
13 de noviembre de 2015. Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, artículo 23.1 del Estatuto de los Trabajadores. La referencia vigente al trabajo a distancia rige desde el 11 de julio de 2021 por la Ley 10/2021, de 9 de julio.
Indicadores recomendados
- Número de solicitudes por tipo de derecho formativo.
- Porcentaje de solicitudes aceptadas y alternativas acordadas.
- Horas de permiso, adaptación o formación utilizadas.
- Participación por sexo, jornada, puesto y centro de trabajo.
Antes de aplicarla
Adapta los criterios, el proceso y los recursos al diagnóstico de la organización, la normativa vigente, el convenio aplicable y la representación legal de las personas trabajadoras cuando corresponda.