Descripción de la medida
- Servicio externo, especializado y confidencial de apoyo psicológico y orientación jurídica para personas que comuniquen o puedan estar viviendo una situación de acoso laboral, sexual, por razón de sexo u otra conducta contra su dignidad e integridad.
- El servicio complementa el protocolo interno: no sustituye la recepción de la comunicación, las medidas de protección, la investigación ni las responsabilidades de la organización.
Objetivo
Ofrecer apoyo inmediato e independiente, reducir el impacto emocional y ayudar a la persona a comprender las vías internas y externas disponibles.
Funcionamiento e implantación
- La persona accede directamente al proveedor por teléfono, canal digital o cita presencial, sin necesidad de informar previamente al mando.
- El proveedor realiza una primera valoración, presta apoyo y explica las opciones, respetando las decisiones de la persona y los límites legales de confidencialidad.
- Si la persona activa el protocolo interno, la organización adopta las medidas de protección e investigación previstas, evitando represalias.
- La empresa solo recibe estadísticas anónimas y alertas agregadas compatibles con la confidencialidad.
Formalización y comunicación
Protocolo de prevención y actuación frente al acoso. · Acuerdo con proveedor externo especializado. · Canales confidenciales, garantías de protección y coordinación de emergencias. · Información y sensibilización periódica a toda la plantilla.
Indicadores recomendados
- Número agregado de consultas psicológicas y jurídicas atendidas.
- Tiempo medio de primera respuesta del servicio externo.
- Porcentaje de personas usuarias que reciben seguimiento.
- Valoración anónima de accesibilidad, utilidad y confidencialidad.
Antes de aplicarla
Adapta los criterios, el proceso y los recursos al diagnóstico de la organización, la normativa vigente, el convenio aplicable y la representación legal de las personas trabajadoras cuando corresponda.