Descripción de la medida
- Complemento a las prestaciones de la Seguridad Social por baja por enfermedad.
- La persona percibirá el 100 % de su salario bruto mensual, abonando el INSS la prestación correspondiente.
Objetivo
Evitar la disminución de los ingresos de las personas en situación de incapacidad temporal, que pueda incidir en su calidad de vida y en la de su familia.
Líneas de actuación
- Todo el personal (o solo ciertos colectivos)
Funcionamiento e implantación
- Mensualmente, al calcular la nómina, se complementa hasta el 100 % del salario de la persona en situación de incapacidad temporal desde el primer día de baja.
Requisitos para acogerse
- No es necesario presenter ninguna documentación adicional.
Formalización y comunicación
Plan de Conciliación.
Indicadores recomendados
- Número de personas de baja por enfermedad, con control mensual.
Ejemplo práctico
Pyme del sector asegurador. Complementa las prestaciones de la Seguridad Social por maternidad, paternidad y enfermedad hasta el 100 %. Gran empresa del sector energético. Complementa hasta el 100 % del sueldo real a las personas en incapacidad temporal por accidente o enfermedad. Las personas beneficiarias quedan obligadas a permitir la visita e inspección domiciliaria de los profesionales sanitarios designados por la empresa. Gran empresa de banca. En caso de incapacidad temporal, maternidad o paternidad, la empresa complementa el salario hasta el 100 % durante los primeros 18 meses.
Antes de aplicarla
Adapta los criterios, el proceso y los recursos al diagnóstico de la organización, la normativa vigente, el convenio aplicable y la representación legal de las personas trabajadoras cuando corresponda.