Descripción de la medida
- Complemento empresarial que cubre la diferencia entre la prestación pública por nacimiento y cuidado de menor y la retribución de referencia definida por la organización.
- La medida se aplica con la misma denominación y condiciones a todas las personas beneficiarias, sustituyendo las antiguas referencias separadas a maternidad y paternidad.
Objetivo
Evitar una merma de ingresos durante el permiso y asegurar un tratamiento corresponsable y no discriminatorio.
Funcionamiento e implantación
- La persona tramita la prestación pública y aporta a nómina la información necesaria para calcular la diferencia.
- La empresa define los conceptos incluidos, el porcentaje, la duración y el tratamiento de variables y beneficios.
- El complemento se aplica de forma automática o mediante un procedimiento sencillo y se regulariza cuando cambia la prestación.
- Esta ficha consolida la anterior CTR-R6-2 y utiliza la terminología introducida por el Real Decreto-ley 6/2019.
Requisitos para acogerse
- Toda la plantilla que genere derecho a la prestación pública incluida en la medida.
Formalización y comunicación
Política o convenio. · Regla de cálculo. · Coordinación con nómina e INSS. · Comunicación de regularizaciones.
Fecha de entrada en vigor
8 de marzo de 2019. Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, que configura la prestación por nacimiento y cuidado de menor.
Indicadores recomendados
- Personas beneficiarias.
- Importe total y medio del complemento.
- Porcentaje de retribución cubierta.
- Incidencias y regularizaciones.
Ejemplo práctico
Una gran empresa de distribución complementa la prestación hasta el cien por cien de la retribución de referencia para cualquier persona progenitora. Esta gran empresa de distribución ha incluido esta medida en su convenio colectivo para reforzar su compromiso.
Antes de aplicarla
Adapta los criterios, el proceso y los recursos al diagnóstico de la organización, la normativa vigente, el convenio aplicable y la representación legal de las personas trabajadoras cuando corresponda.