Descripción detallada
Marco negociado que integra igualdad de trato, selección, clasificación, promoción, formación, lenguaje, entornos seguros, permisos, beneficios y disciplina desde la perspectiva LGTBI. Incluye o amplía un protocolo frente al acoso y la violencia por orientación e identidad sexual, expresión de género y características sexuales.
Objetivos estratégicos
Cumplir el marco aplicable a empresas de más de cincuenta personas. Prevenir discriminación y LGTBIfobia. Garantizar derechos y oportunidades en condiciones de igualdad.
Alcance organizativo
Toda la plantilla y las personas que interactuan en el entorno laboral, con especial atención a selección, mandos, Recursos Humanos y quienes aplican protocolos.
Funcionamiento y despliegue
- Determinar partes, ámbitos, vigencia y procedimiento de discrepancias.
- Incorporar cláusulas de igualdad y criterios objetivos de selección y promoción.
- Formar a toda la plantilla y fomentar lenguaje respetuoso.
- Revisar permisos y beneficios para familias diversas.
- Integrar el protocolo de acoso y el régimen disciplinario.
- Referencia legal: Real Decreto 1026/2024, en vigor desde el 10 de octubre de 2024; un convenio de una gran empresa de distribución incorporo su anexo específico el 6 de junio de 2025.
- Incorporar el acompañamiento voluntario y confidencial a personas trans, desarrollado en CPH-IG-6: interlocución, nombre de uso, comunicaciones acordadas, coordinación de cambios y seguimiento. Este procedimiento complementa las medidas negociadas y no sustituye el protocolo frente al acoso y la violencia.
Resultados esperados
- Medidas negociadas, comunicadas y aplicadas.
- Procesos de personas más inclusivos.
- Canales y protocolos conocidos.
- Mayor seguridad y pertenencia de las personas LGTBI.
Condiciones para la implantación
- Negociación con sujetos legitimados.
- Coherencia con el plan de igualdad y diversidad.
- Formación y recursos.
- Seguimiento con confidencialidad.
Formalización y evidencias
Acuerdo o anexo registrado. Diagnóstico y plan de acciones. Protocolo actualizado. Registros de formación y comunicación. Informes de seguimiento. Vincular el procedimiento CPH-IG-6 y documentar responsabilidades y garantías de confidencialidad. Custodiar por separado los acuerdos individuales y limitar el acceso a quienes deban ejecutar las actuaciones. Referencias normativas y técnicas: 1. Real Decreto 1026/2024: medidas LGTBI en las empresas. 2. Ley 4/2023: igualdad de las personas trans y derechos LGTBI. 3. FELGTBI+: protocolo de acompañamiento para personas trans en la empresa (2026).
Medidas operativas relacionadas
Selección transparente, carreras, formación en igualdad, comunicación inclusiva, permisos para familias diversas y protocolo frente al acoso. CPH-IG-6 · Protocolo de acompañamiento a personas trans.
Indicadores de seguimiento
- Medidas implantadas en plazo.
- Cobertura formativa.
- Procesos revisados.
- Conocimiento del protocolo.
- Percepción de inclusión y seguridad.
- Actuaciones de acompañamiento completadas en el plazo acordado / actuaciones con vencimiento × 100. No publicar datos que permitan identificar a participantes.
Ejemplo
Una gran empresa de distribución negocia un anexo LGTBI que revisa selección, promoción, formación, lenguaje, permisos y protocolo frente al acoso. Esta gran empresa de distribución ha incluido esta medida en su convenio colectivo para reforzar su compromiso.